miércoles, 16 de febrero de 2011

Otro juzgado dice que sí se puede saldar la hipoteca con la entrega de la vivienda

Guerra de juzgados sobre la dación en pago. Después de que la sección tercera de la audiencia provincial de navarra señalara que  entregar el piso al banco no salda la hipoteca, el juzgado de primera instancia de barcelona dice lo contrario y aboga por la dación en pago, cuando el valor de tasación de la vivienda supere la deuda hipotecaria
el auto del 14 de febrero de 2011 del juzgado de 1ª instancia de Barcelona se basa en la “confrontación” entre el valor por el que el banco se adjudicó la vivienda (156.250 euros) y el valor de tasación de la misma (312.500 euros), superior a la deuda pendiente (254.343,73 euros)
el juzgado apunta a que lo especial del caso es que fue el banco, el ejecutante, quien se quedó con la casa como pago a la deuda, una casa cuyo valor de mercado supera con creces el pago pendiente, por lo que justifica la dación en pago, al menos en este caso concreto
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