miércoles, 24 de abril de 2013

comprar una vivienda para alquilarla ofrece una rentabilidad del 4,2% en madrid y un 4,1% en barcelona (tablas)


comprar una vivienda para alquilarla en madrid o barcelona brinda una rentabilidad bruta de la inversión superior al 4% al cierre del primer trimestre. según los datos obtenidos por idealista.com, portal inmobiliario líder en españa, la rentabilidad bruta de una vivienda en alquiler en madrid es del 4,2%, mientras que la ciudad de barcelona ofrece un 4,1%. en el resto de españa varía entre el 3% de a coruña y el 6,3% de lleida
de entre las grandes ciudades españolas sevilla es la que ofrece una mejor rentabilidad, con un 4,3%, seguida por zaragoza, donde se puede obtener un 4,2%. bilbao y valladolid son las menos rentables de entre los grandes mercados, con un 3,8% en ambos casos, mientras que en valenciase queda en un 4%
rentabilidad de las capitales españolas
entre el resto de capitales españolas, lleida es la que resulta más rentable, con un 6,3% de rentabilidad. le siguen las palmas de gran canaria (4,8%), huesca (4,7%), cuenca, córdoba y alicante, con un 4,6% de rentabilidad en los tres casos. por detrás quedan huelva 4,4% y málaga4,4%
sin embargo, las rentabilidades más bajas de españa son las que obtienen los propietarios de viviendas en alquiler en a coruña (3%), ourense y san sebastián (3,1% en ambos casos). a continuación se sitúan santander (3,2%) y lugo (3,3%)
según fernando encinar, jefe de estudios de idealista.com, “cada vez son más los casos de pequeños ahorradores que ante la incertidumbre bancaria utilizan el ladrillo como valor refugio. los precios de la vivienda en venta siguen bajando y esta operación ofrece rentabilidades interesantes para todos aquellos que dispongan de capital y sepan ajustar el precio en las negociaciones”
para la elaboración de este estudio, idealista.com ha dividido el precio medio de venta entre el precio de alquiler en las diferentes mercados referente a los índices trimestrales referentes al primer trimestre de 2013. el resultado obtenido es el porcentaje bruto de rentabilidad que proporciona a un propietario alquilar su vivienda. este dato facilita el análisis del estado actual del mercado y es un punto de partida básico para todos aquellos inversores que quieran comprar activos inmobiliarios con el fin de obtener beneficios
tablas con datos de todas las capitales analizadas por idealista.com en la página siguiente:

miércoles, 3 de abril de 2013

el gobierno limitará alquilar viviendas durante las vacaciones


el proyecto de ley sobre el alquiler que prepara el gobierno contiene reglas que impedirá a numerosos propietarios el alquiler de sus viviendas y apartamentos vacacionales, algo que supondrá una merma de ingresos para numerosas familias para tratar de beneficiar a la industria hotelera. de aprobarse la normativa tal y como está redactada, también reducirá la libertad de la que disfrutan los ciudadanos para poder elegir de qué modo disfrutan de sus vacaciones y pondría en peligro parte de los ingresos que registra actualmente toda la industria turística, según alerta la asociación de gestores de viviendas de uso turístico de la comunidad de madrid (asotur)
la asociación explica que el proyecto de ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendasdejará de estar protegida de forma uniforme en toda españa por la ley de arrendamientos urbanos (lau) para pasar a regirse por las normativas turísticas de cada una de las 17 comunidades autónomas que componen el territorio nacional, donde en algunos casos hay restricciones y exigencias que dejarán al margen numerosas viviendas que actualmente se alquilan
 limitará el derecho de alquilar una vivienda para uso turístico, que
"atentado contra los derechos de los ciudadanos"
asotur resalta que de aprobarse la modificación de la lau que prepara el gobierno, "se atentará contra los derechos civiles de los ciudadanos, limitando la capacidad de uso de las viviendas en propiedad y la libertad del turista para elegir de qué modo quiere pasar sus vacaciones". la asociación califica de "golpe legislativo a los alquileres para uso vacacional y de corta duración" la nueva norma que se está preparando actualmente
en su opinión, "se traduce en una obvia limitación de los derechos de los propietarios de viviendas que hasta la fecha, y al amparo de la lau, podían alquilarlas para vivienda o corta estancia, y en lo sucesivo sólo podrán hacerlo por corta estancia en los casos y con las condiciones y limitaciones que hayan impuesto las normativas turísticas de las comunidades autónomas"
además, prosigue la asociación, "la firma de este proyecto de ley dejaría, en todas aquellas comunidades autónomas donde no existiera una normativa vigente respecto al alquiler turístico, miles de casas al margen de la legalidad". en todo el territorio nacional, y teniendo en cuenta todos los alojamientos que las diferentes regulaciones turísticas mantienen fuera de su marco jurídico, esta cifra podría ascender, según los datos que maneja la asociación a "20.000 viviendas, equivalentes a otras tantas familias que obtienen rentas por explotar sus viviendas de esta forma".
impacto en el pib español
para contextualizar, asotur aporta datos de la consultora independiente magma tri hospitality consulting, en los que se explica que "el sector del alquiler de apartamentos/viviendas con fines turísticos genera un impacto económico de 1.453 millones de euros directos, 550 millones de euros indirectos y un impacto social (directo e indirecto) que repercute en, al menos, 150.000 familias"
para david tornos, presidente de la asociación de gestores de viviendas de uso turístico, “la aprobación de este proyecto de ley puede herir de muerte a un sector económico en expansión cuyas aportaciones al pib son, en muchas regiones, sobresalientes. también supone un menoscabo en los derechos civiles de los propietarios, que no pueden disponer de sus viviendas para obtener una renta de ellas, y la destrucción de empleos directos e indirectos derivados del ejercicio de esta actividad”
derechos del turista
asotur piensa que "la exclusión de la lau de este tipo de viviendas no responde a la salvaguarda de la calidad del destino turístico", ya que "los alojamientos turísticos reúnen, tal y como se asegura en la propia redacción del proyecto de ley (“vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato”), los estándares de calidad requeridos"
el alquiler de corta duración, finaliza asotur, "no es un fenómeno exclusivamente español. este recurso se contempla como una alternativa más dentro del sector de los alojamientos vacacionales en las principales capitales del mundo y en todas ellas ha llevado a la creación de empresas profesionales y altamente cualificadas que median entre propietarios e inquilinos para facilitar y dinamizar este modelo de negocio en expansión"
según tornos “el turista debe tener el derecho y la libertad para elegir de qué modo quiere pasar su vacaciones, y cual de entre todas las modalidades disponibles es la que mejor se adapta a sus necesidades. negándoles la posibilidad de alquilar alojamientos de corta estancia, no estamos ni mucho menos desviando a estos viajeros a recintos hoteleros, sino que estamos poniendo en peligro la posibilidad de que realicen estas pernoctaciones, con el
menoscabo económico que esto pudiera suponer para españa”